MAPA DE LA DIVERSIDAD EN LA ARGENTINA ACTUAL
COMPROMISOS CIUDADANOS
Aun cuando en los últimos años, fue la Argentina
el país sudamericano que más ha avanzado, dentro de la vía jurisprudencial, en
cuanto a la protección y el efectivo ejercicio de la equidad ciudadana de las
personas de la diversidad afectivosexual, quedan nichos legales en la nebulosa,
por falta de reglamentación de las leyes dictadas o incumplimiento parcial de
las mismas. Por cierto, las relativamente recientes normas (matrimonio
igualitario, identidad de género, acoso escolar, educación sexual integral,
entre otras) poco han podido hacer para cambiar ciertas costumbres arraigadas.
Los actos discriminatorios persisten tanto como las dificultades para conseguir
empleo o consolidar una educación pluralista, gratuita y laica.
LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO
Los mayores logros están en la obtención rápida del
cambio registral en documentación pública, por medio de la Ley de Identidad de
Género (Nº 26.743), sin patologizar a las identidades trans con requisitos de
exámenes psicológicos previos. Cuenta también el otorgamiento a niñxs de DNI que
respeta su identidad autopercibida, tras las presentaciones de recursos
judiciales de las propias familias para garantizar sus derechos civiles.
El 9 de octubre de 2013, en Buenos Aires, Luana una
argentina de seis años se convirtió en la primera niña del mundo en recibir
documentos oficiales que reflejan su cambio de identidad de género y su nuevo
nombre. Fue el punto final de un proceso iniciado en 2011.
Luana y su madre, Gabriela Mansilla debieron
enfrentar la discriminación del barrio, en la escuela y hospitales. Por ello, Gabriela
escribió “Yo nena, yo princesa” para
“ayudar a otras personas, para que otros no padezcan lo que yo padecí”.
En el año 2014, María Aramburú y Valeria Paván recogieron el testimonio de Gabriela
en el documental “Yo nena, yo princesa -
experiencia trans de una niña de cinco años”.
El 28 de octubre de 2014, Mauro (apodado
“Facha”) un niño de 10 años accedió al cambio de género en el Registro Civil de
la ciudad de Buenos Aires y se convirtió en la primera persona menor de 18 años
en alcanzar este derecho que le otorga la Ley de Identidad de Género, sin
ningún tipo de controversia, a diferencia de la niña Luana, cuyo reclamo
necesitó contar con el respaldo de organizaciones sociales y apoyo político.
Sin embargo, en otro aspecto también importante
para la vida civil de jóvenes y adultxs como el ejercicio electoral, queda
pendiente la completa rectificación de los padrones electorales para votar, si
bien hay más de 3000 personas trans que ya recibieron su DNI y no todas ellxs tienen
actualizadxs sus datos registrales.
Tampoco se reglamentó el artículo 11 de la Ley de
Identidad de Género para regular el
imprescindible acceso a la salud pública y privada de las personas
trans.
El artículo 11 de la ley incluyó ciertas
prácticas médicas al Programa Médico Obligatorio (PMO): por ejemplo, prótesis o
terapias hormonales para personas trans -que son las mismas que se utilizan
para otras prácticas y no tienen un costo elevado-.
La ley está vigente y estas prácticas se cumplen
en Capital Federal y las provincias de Santa Fe, Buenos Aires y Misiones.
Sin embargo, la no
reglamentación sirve como excusa para que las prepagas retrasen los tratamientos,
que al fin y al cabo se cumplen después de un reclamo a la Superintendencia de Servicios de Salud.
FAMILIAS DIVERSAS
El 15 de julio de 2010, el Senado de la Nación aprobó
la Ley de Matrimonio Igualitario, que consagró la igualdad de las parejas
conformadas por personas del mismo sexo a contraer matrimonio, en igualdad de
condiciones que las parejas heterosexuales.
Con la aprobación de esta ley, Argentina se convirtió
en el primer país en América Latina y décimo en el mundo, en consagrar la
igualdad a todas las familias y brindar protección y derechos plenos.
También se habilitó el Matrimonio Igualitario para
turistas, por medio del cual más de 100 parejas extranjeras aprovecharon esta
oportunidad de legalizar su vínculo, negada en sus países de origen.
Desde entonces, más de 7000 parejas contrajeron
matrimonio el todo el país. Asimismo se avanzó en el reconocimiento igualitario
de hijas e hijos de parejas no casadas, el registro filiatorio triple, la gestación
por sustitución y la fertilización asistida sin discriminación.
En estos días, el Registro Provincial de la Personas
de la provincia de Buenos Aires reconoció el derecho a la identidad integral de
un niño gestado por fertilización
asistida y aceptó su triple filiación (dos mamás lesbianas y papá
biológico), que sentará jurisprudencia para el resto del país.
Varias sentencias, en diferentes provincias, ya han
sentado jurisprudencia sobre la adopción de niñxs por parte de personas trans solteras
y parejas de personas lesbianas o gays, casadas bajo la Ley de Matrimonio
igualitario.
En las últimas semanas, los medios argentinos han
publicado noticias sobre las sentencias de adopción plena que favorecieron a María Belén Ochoa, una mujer trans que
se hizo cargo, una década atrás, de la crianza de par de hermanos en Río
Cuarto, provincia de Córdoba.
En la provincia de Tierra del Fuego, Juan Castro y Pablo Silva también adoptaron
a dos hermanitos misioneros. Se trata del primer caso en el país en el que un
matrimonio de dos varones obtiene la tenencia total de dos niños
judicializados.
SANTA FE: PRIMERA DEFENSORÍA LGBT PROVINCIAL
El 28 de abril de 2015, con el
objetivo de mejorar el acceso a los derechos de las personas LGBT en la
provincia de Santa Fe, la Defensoría del Pueblo y la Defensoría de Niñas, Niños
y Adolescentes de Santa Fe firmaron un convenio de cooperación con la
Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) para
implementar el programa "Defensoría
LGBT".
Se trata del primer acuerdo provincial
de este tipo y permitirá el intercambio de información y la especialización de
profesionales en temáticas vinculadas a la diversidad sexual.
El convenio crea el programa de
cooperación técnica denominado Defensoría LGBT, que, entre otras acciones,
brinda herramientas para la defensa y protección de los derechos humanos y
demás derechos que asisten a lesbianas, gays, bisexuales y trans de la
provincia, intercambio de información, documentación técnica y bibliográfica de
mutuo interés, diseño de proyectos, implementación de estrategias y
organización de campañas de promoción sobre los mecanismos nacionales y
provinciales de protección de los derechos e intereses comunes a las partes.
También procura la promoción de la legislación y las prácticas nacionales y
provinciales, en armonía con los instrumentos internacionales de derechos
humanos, para lograr su efectiva aplicación.
CABA: SANCIÓN DE LEY CONTRA LA DISCRIMINACIÓN
El
pasado 10 de abril de 2015, la Legislatura de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (CABA) aprobó por unanimidad una ley que previene, sanciona y
repara los actos de discriminación, con el fin de garantizar y promover la plena
vigencia de los principios de igualdad y diversidad.
Esta Ley contra la Discriminación ofrece
como novedad la ampliación de las tipologías de la discriminación consideradas
en la ley nacional actual, al incorporar por primera vez a muchos grupos vulnerados
que son ignorados históricamente, tales como adultos mayores, personas de la
diversidad sexual y personas con discapacidad.
La
legislación, además, facilitará al Ejecutivo las herramientas necesarias para
combatir esta problemática, entre ellas la inclusión de la carga dinámica de la
prueba en materia de discriminación y la legitimación civil y administrativa a
las ONGs para el proceso administrativo y judicial.
Otra consideración
destacada en la ley, es que contempla mecanismos concretos para que la sociedad
conozca sus derechos y cómo defenderlos: promueve el impulso a políticas
públicas concretas para la prevención de la discriminación, incorpora acciones
educativas en escuelas y ámbitos de la administración pública local, así como
diversas sanciones, inexistentes en la normativa actual.
REFORMA DE LA LEY ANTIDISCRIMINATORIA
También en
el Congreso, están pendientes de aprobación los proyectos para reforma de
la actual Ley Antidiscriminación (sancionada en 1988) que buscan lograr una norma más abarcativa y
con mecanismos más efectivos de prevención, reparación y sanción de actos
discriminatorios.
En
particular, se propone la incorporación de pretextos discriminatorios no contemplados
en la norma actual como: la discapacidad, la orientación sexual, la identidad
de género o la edad; pero, además, la ampliación de la legitimación para
accionar contra actos discriminatorios a organismos y organizaciones de
derechos humanos, una definición más amplia de "acto
discriminatorio", más coherente con los recientes avances internacionales
y nacionales, la inversión de la carga de la prueba del carácter
discriminatorio de los actos denunciados, la presunción y autonomía del daño
moral e importantes cambios en la legislación penal.
RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN E INTOLERANCIA
En el año 2013, la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), aprobó la “Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia”; primer tratado que incluye explícitamente la discriminación basada en la orientación sexual y en la identidad o expresión de género de las personas, entre otros pretextos.
En el Congreso Nacional, está pendiente de aprobación un proyecto de ley para ratificar la citada Convención y darle rango constitucional como a otros tratados similares.
IMPEDIMENTOS PARA DONAR SANGRE
Sobre la Ley nacional de
Donación de Sangre, no se derogó aún la prohibición para donar sangre por parte
de las personas LGBT; una concepción que implica la persistencia del perimido
concepto de “grupos sociales de riesgo para contraer el VIH y otras infecciones
de transmisión sexual”, lo cual antepone la identidad sexual de individuos a
sus prácticas sexuales concretas y eventuales conductas de riesgo.
LEY EFECTIVA PARA LA
PREVENCIÓN DEL ACOSO ESCOLAR
En septiembre de 2013, el
Congreso Nacional sancionó la Ley de Prevención del Acoso Escolar, que aún no
ha sido reglamentada. La norma, sin embargo, no incorpora herramientas claras
para abordar las complejas situaciones de violencia que se dan en las escuelas.
Asimismo, ante esta
creciente problemática, no se observa un compromiso contundente por parte de los
Ministerios de Educación de muchas provincias, por lo que las comunidades
educativas han quedado prácticamente sin herramientas para enfrentarla.
Precisamente para el 17 de
mayo, se presentará un nuevo proyecto de ley integral de prevención del acoso y
hostigamiento escolar, que tiene por objeto establecer políticas públicas para
reconocer, atender, erradicar y prevenir la violencia en el ámbito escolar, así
como prevenir y eliminar cualquier forma de discriminación en las instituciones
educativas de todos los niveles y modalidades del país.
APLICACIÓN SISTEMÁTICA DE LA EDUCACIÓN SEXUAL
Es
fácil de constatar el escaso avance en la implementación de la Ley N º 26.150 de Educación Sexual Integral (ESI), desde
su aprobación y promulgación en el año 2006. A pesar de contar con contenidos
curriculares transversales aprobados en el marco del Consejo Federal de
Educación, la mayoría de los Ministerios de Educación provinciales la aplican
con severas limitaciones o directamente no la aplican.
La
educación para una sexualidad libre, plena y responsable es un derecho humano e
implica una responsabilidad que debe ser asumida por quienes formulan y llevan
adelante las políticas públicas.
En la provincia de San Luis, la profesora de
literatura Romina García Hermelo fue
sumariada por dar, como lectura curricular, a sus alumnos el libro "Hay una chica en la sopa",
de la autora peruana Silvia Núñez del
Arco. Aunque por la trascendencia social que tomó este caso de censura a la
libertad de cátedra, el Ministerio de Educación puntano retrotrajo la sanción
impuesta.
El informe precedente fue
elaborado en base a informaciones publicadas en: gacetillas de prensa de la Federación Argentina LGBT (FALGBT), diario "EL LITORAL" de Santa Fe, diario “LA NACIÓN” de Buenos Aires, el
diario “PÁGINA 12” y su suplemento “SOY” de Buenos Aire, diario “UNO” de Mendoza, “EL DIARIO DE LA REPÚBLICA” de San Luis, portal de noticias “ROSARIO3”, de Rosario.
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